certificación energética - proyintec

certificación energética – proyintec

 

Las viviendas/locales en venta o en alquiler deben disponer de un certificado de eficiencia energética, según el Real Decreto 235/2013.

Este certificado especificará mediante una escala de siete letras, de la A a la G, el nivel de emisiones de CO2 en comparación con las dimensiones del edificio.

 

¿Qué edificios se deben certificar?

 

Por lo general, todos los inmuebles disponibles para la venta o el alquiler, excepto en los inmuebles alquilados menos de cuatro meses.

 

Por su parte, será obligatorio para todos los edificios de nueva construcción y también cuando se haga una rehabilitación o reforma de edificio con una superficie útil superior a 1.000 metros cuadrados, que afecte a más del 25% del total de sus cerramientos.

 

¿Quién realiza el certificado?

 

Para la obtención del certificado, es necesario el trabajo de un técnico certificador habilitado.

 

Pasos para obtener el certificado:

 

  • Visita al inmueble.
  • Cálculo del certificado energético.
  • Registro del certificado.
  • Emisión de la etiqueta.

¿Cuáles son las sanciones?

 

La ley establece sanciones que oscilan desde los 300 euros a los 600 euros en el caso de las infracciones leves, de los 601 a los 1.000 euros en el de las graves y de los 1.001 a los 6.000 euros para las muy graves.

21 abril, 2015

CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA

  Las viviendas/locales en venta o en alquiler deben disponer de un certificado de eficiencia energética, según el Real Decreto 235/2013. Este certificado especificará mediante una […]